Preguntas Frecuentes

Es cierto que los trámites migratorios, al menos en México, pueden hacerse con relativa facilidad, sin embargo, estos procedimientos son la simplificación de un proyecto previamente pensado, diseñado y ejecutado.

Migrar a otro país es un suceso en el que cambian varios aspectos de la vida de las personas que deciden emprender el camino. En principio, lo hacemos por un futuro mejor. Para que nuestra familia prospere; nuestra economía crezca; para encontrar mejores oportunidades profesionales; para estudiar y hacer una carrera prometedora; para vivir plenamente en un lugar que amemos y con el que nos identifiquemos; entre otras metas.

Si hablamos de nuestro proyecto de vida; ello merece nuestra total
atención y, si es posible, amerita que se diseñe todo un plan para alcanzar los objetivos. Esto es fundamental, en nuestra opinión, para experimentar un proceso migratorio exitoso.

El diseño, la preparación y ejecución de una metodología que abarque los aspectos más relevantes de nuestra vida presente, permitirá que nuestra vida futura en otro país se alcance con mayor comodidad y relativa facilidad.

¿Usted piensa migrar a México? Seguramente ha meditado acerca de las oportunidades que le esperan; dónde vivirá; en qué trabajará; cómo generará ingresos para solventar sus gastos; si podrá ejercer su profesión o, en su caso, estudiará para aprender un oficio nuevo; en dónde se instalará su familia; cómo será su vida en ese nuevo entorno, y muchas cosas más.

Para algunas personas, esto puede resultarles fascinante, además de ser un reto sin precedentes; para otras puede ser un tema que cause ansiedad o incertidumbre. Aunque cada uno lo verá conforme a sus expectativas y experiencias, lo cierto es que, para todos, la ayuda de un profesional en el tema pudiera resultar un apoyo valioso.

Una persona familiarizada con el tema y experimentada en estos procesos, pudiera brindar información confiable y personalizada; un criterio amplio e informado que oriente sobre qué hacer en una situación complicada; y lo más importante: generará una estrategia sólida para materializar sus proyectos, sueños y anhelos.

El abogado migratorio es, por definición, la persona ideal si usted busca esta clase de apoyo. Contar con sus servicios le permitirá a usted emprender el camino, tomando en cuenta los requisitos legales y los trámites necesarios; las circunstancias y los antecedentes de cada caso.

Así, el proyecto se llevará a cabo sin contratiempos y usted disfrutará de una experiencia migratoria amena. Los trámites, por  consecuencia, serán simplemente la culminación de un trabajo previo y, con la autorización por parte de la autoridad migratoria correspondiente, usted cerrará el ciclo que inició con aquella pregunta en su cabeza: “¿Y si me mudo a México?”

Desafortunadamente hay personas que lucran indebidamente con los proyectos de las personas que quieren migrar a México. Con la intención de que usted no caiga en manos equivocadas, le compartimos algunas recomendaciones que puede seguir para evitar ser víctima de malas personas.

  • En México, todos tenemos el derecho a ejercer una profesión otrabajo, siempre que lo hagamos con respeto a la Ley, sin embargo,también por disposición legal, hay algunas profesiones para las quese requiere título universitario y cédula profesional de maneraobligatoria. Sin estos elementos, su ejercicio es indebido e ilícito. Tales el caso de los abogados.
    Esto implica que, las personas que ejerzan la abogacía en México,deben estar autorizadas por el Estado Mexicano para ello. Laautorización se otorga a través del título universitario – avalado por elGobierno -, y a través de la cédula profesional, que es el documentoexpedido por la autoridad competente, que certifica que unapersona terminó y acreditó por completo sus estudios profesionales,y por lo tanto, tiene la  autorización (patente) para ejercer dichaprofesión. Además, certifica que el título profesional está registradoante el Estado.
    En caso de que usted desee comprobar que está tratando con un profesional acreditado, solicite su cédula profesional. Es undocumento público y se puede comprobar su autenticidad a travésde diversos mecanismos. Así que los auténticos abogados no tendrán problema con compartir la información. Si la persona se niega a compartir su cédula profesional bajo cualquier excusa, por favor, dude inmediatamente.
  • Muchas personas promocionan sus servicios en redes sociales. Ello no tiene nada de malo, sin embargo, aquellos que lo hagan con descripciones como “fácil y rápido”; “garantizado”; o bien, prometan, de entrada, cosas poco creíbles como “tenemos contactos”; ó “devolución al 100% si no tiene resultados”, son personas en quienes
    inicialmente no se debe confiar.
    Recomendamos que investigue, si la persona en cuestión tiene una infraestructura, digital o presencial, que lo respalde y que le permita
    generar confianza en usted. Sobre todo, asegúrese de que dichas frases o promesas sean sólo – poco ortodoxas – estrategias de publicidad o marketing. Aunque poco confiables, si se tratara de ello, no habrá aparente peligro. Pero si su investigación arroja que, en verdad, le prometen cosas fáciles y/o rápidas por montos ridículos de dinero, entonces aléjese de estas personas.
  • Evite contratar a personas que le garanticen el éxito de su proceso migratorio, sin conocer los antecedentes o el contexto del caso. Si bien, usted desea contratar a un abogado para incrementar las posibilidades de éxito sobre sus trámites migratorios, un profesional no puede ni debe garantizar resultados favorables sin tomarse el tiempo necesario para escucharle a usted y reflexionar acerca de las posibles soluciones. No es un buen indicio el hecho de que el abogado le haga promesas sin argumentos o pruebas que le generen convicción en usted.
  • No confíe en personas que se digan amigos o conocidos del “director de migración” o de servidores públicos en general. Al buen abogado migratorio le asiste la razón, el conocimiento y la experiencia. No se
    necesitan compadrazgos o amistades que “favorezcan” sus intereses.
  • Asegúrese de que la persona a la que va a contratar, tenga una oficina en donde le pueda encontrar en un horario habitual.
    También, asegúrese de que pueda tener comunicación con esta sin mayor complicación. Los abogados confiables siempre le indicarán dónde y cómo los pueden localizar.
  • Los abogados somos proveedores de certeza jurídica. Usted puede pedir que firmen un contrato de prestación de servicios profesionales para que tenga certeza de que está recibiendo un servicio profesional y de que alguien preparado está por asumir su representación legal. Sería ilógico que un abogado no quisiera firmar un documento que le obligue a hacerse responsable por la prestación de sus servicios. Si ello ocurre, por favor, prescinda de sus servicios.

El sistema migratorio de México es relativamente sencillo. Contempla 3 grandes opciones para que usted pueda visitar o residir en México siendo extranjero: visitante; residente temporal y residente permanente.

A su vez, cada una de estas opciones se divide para dar un total de 9 modalidades (llamadas condiciones de estancia):

  1. Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turistas).
  2. Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  3. Visitante por razones humanitarias.
  4. Visitante con fines de adopción.
  5. Visitante regional.
  6. Visitante trabajador fronterizo.
  7. Residente temporal.
  8. Residente temporal estudiante.
  9. Residente permanente.

Las reglas del juego son sencillas. Si usted desea vivir en México siendo extranjero, debe cumplir con los requisitos necesarios para obtener la autorización de la residencia temporal; temporal estudiante o residencia permanente. En caso de que sólo desee visitar México para fines determinados y específicos, alguna de las otras condiciones de estancia será la opción adecuada para usted. Si desea enterarse cuál es aplicable para su caso, por favor, contáctenos y le informaremos detalladamente.

Aunque suelen emplearse como sinónimos, los términos se refieren a cosas distintas. Una visa mexicana es la autorización que otorga un Consulado de México en el exterior, a una persona extranjera, para que pueda viajar a México y presentarse ante la autoridad migratoria con la intención de solicitar que le permitan ingresar a México, siempre que cumpla con los requisitos para su autorización.

La visa es un documento que se estampa o pega en alguna de las hojas del pasaporte de la persona solicitante. En algunos casos, la visa es digital (e.visa).

En el caso de las visas mexicanas, estas se conceden si la persona acredita un motivo de viaje a México: Turismo, adopción, razones humanitarias, unidad familiar, oferta de empleo, entre otros. No todas las visas mexicanas permiten a una persona extranjera residir en México. Algunas sólo permiten viajar para visitar el país.

Por otro lado, la residencia es el permiso que otorga la autoridad migratoria en México, a una persona extranjera, previo cumplimiento de los requisitos, para que viva en cualquier parte del país, siempre y cuando tenga un motivo para ello.

Las residencias mexicanas para extranjeros pueden ser temporales o permanentes. Adicionalmente, existe la residencia temporal estudiante, que permite la estancia en México mientras la persona estudie. Como sus nombres lo indican, habilitan a la persona extranjera para vivir en México temporal o definitivamente. El documento que acredita a una persona como residente se llama tarjeta de residencia.

Un proceso migratorio para extranjeros que deseen vivir en México puede iniciar de muchas maneras. Por experiencia, inicialmente recomendamos
contestar a la siguiente pregunta: “¿Para qué quiero vivir en México?”

Hay personas que, en definitiva, saben la respuesta. En caso de que usted no la sepa o no tenga bien definida la respuesta, le compartimos:

Hay personas que quieren trabajar en México; otros quieren vivir con sus familiares que ya residen en el país; hay quienes simplemente quieren disfrutar de los paisajes y la cultura mexicana; unos cuantos anhelan invertir en negocios mexicanos; tal vez haya quien quiera estudiar y forjarse un futuro profesional en tierra azteca… en fin, hay tantos motivos como personas extranjeras residentes en México.

Lo importante de todo esto es que usted debe tener bien definido el motivo de viaje y residencia. Una vez sepa la respuesta a esta breve pero compleja pregunta, puede iniciar con la búsqueda de información en medios oficiales como páginas web del Gobierno de México, o bien, puede informarse a través de personas como nosotros, abogados especialistas en la materia.

De una u otra forma, usted deberá analizar si cumple con los requisitos que la ley migratoria mexicana establece conforme al motivo de viaje y residencia. Sin duda, apoyarse de abogados especialistas como nosotros, para entender procesos legales es una buena idea.

En el caso de que así lo haga, la persona que le apoye, seguramente realizará un análisis objetivo acerca de las posibilidades para que usted y/o su familia migren a México. También, seguramente hará dicho análisis conforme a sus antecedentes y circunstancias personales. La idea central es hacer un perfilamiento para adecuarlo conforme a los requerimientos que la ley migratoria exija. Con ello, usted podrá iniciar trámites.

Nosotros recomendamos para todos los casos: Antes de viajar a México, investigue y planifique. Infórmese a través de medios oficiales, autoridades mexicanas o profesionales acreditados y serios. La toma de decisiones de manera informada amplia, por mucho, el horizonte para que usted prevea el panorama completo de lo que implica un proceso migratorio hacia México.

Lamentablemente no. Nosotros no somos especialistas en procesos migratorios de Estados Unidos u otros países. Por el momento, sólo ofrecemos servicios legales y migratorios a personas extranjeras que desean visitar o vivir en México.

Para procesos migratorios cuyo objetivo sea vivir en otros países que no sean México, recomendamos que busquen abogados especializados en los países a los que usted desea migrar. Esta recomendación la hacemos en aras de que usted proteja sus derechos. Tampoco tenemos filiales o áreas en la firma que se dediquen a dichos procesos. En caso de que, en algún momento, ofrezcamos servicios de este estilo, se publicarán en nuestras páginas y redes sociales oficiales.

Las implicaciones de una situación migratoria irregular para un extranjero en México son administrativas. De ninguna manera se consideran consecuencias del orden criminal. Esto quiere decir que, en caso de incurrir en irregularidad migratoria por dejar vencer la estancia en México, sólo se contempla el pago de una multa, adicional al registro que se fije en las bases de datos de la autoridad migratoria. El pago de dicha multa se hará con la intención de que la persona abandone el país, o bien, para regularizar su situación migratoria a través de alguna de las vías y trámites disponibles para ello.

Migrar a México cumpliendo con los requisitos y procedimientos correspondientes, genera derechos migratorios que pudieran representar oportunidades asombrosas para las personas.

Los principales beneficios son: Generar derechos de antigüedad para la tramitación de la naturalización y eventual obtención de la nacionalidad mexicana; apertura de cuentas bancarias en México; posibilidad de adquirir bienes inmuebles o propiedad privada en México; posibilidad de trabajar; derechos de unidad familiar para solicitar a familiares directos, a través de procesos de visas; la permisión para invertir en México o aperturar empresas; acceder a oportunidades de empleo; ejercer derechos humanos básicos como la salud o la educación, entre otros.

Si usted es extranjero y quiere trabajar en México, tiene el derecho a ejercer una profesión o actividad económica que le genere una remuneración. Los requisitos específicos dependerán del giro o tipo de profesión que pretenda ejercer, por lo que cada caso se debe analizar personalizadamente. No  obstante, algunos requisitos genéricos son:

  • Contar con una situación migratoria regular y residencia en México. Por disposición de ley, los visitantes o turistas no pueden trabajar, sin embargo, existe la posibilidad de migrar a México por una temporalidad de hasta 180 días para realizar actividades remuneradas.
  • Darse de alta ante la autoridad fiscal (SAT) para efectos de tributación y pago de impuestos.
  • En caso de contar con un empleador, este debe estar registrado y autorizado por la autoridad migratoria para la contratación de extranjeros. El documento que certifica la autorización se llama Constancia de Inscripción de Empleador. Verifique que quien le contrate, cuente con ella.
  • Si le fue hecha una oferta de empleo y usted se encuentra en otro país, debe obtener una visa de residencia temporal bajo la modalidad de oferta de empleo. La única forma de iniciar el trámite es mediante la autorización de Migración en México. Consulte con un especialista acerca de este punto para mayor información.
  • Para los residentes temporales, es posible obtener un permiso para trabajar de manera autónoma (realizando actividades independientes). En esos casos, es necesario que la persona esté inscrita ante la autoridad fiscal, cuente con RFC y declare impuestos conforme a la ley. La autoridad migratoria reconocerá el derecho a trabajar de manera independiente, siempre que la persona cumpla con sus obligaciones en materia tributaria. Para más detalles acerca del cómo cumplir con sus obligaciones fiscales, usted puede contactarnos.

Existen dos grandes grupos de trámites. El primer grupo corresponde a aquellos que pueden – y deben – promoverse – sólo – en territorio nacional. En este grupo se encuentran los llamados “trámites de estancia”, entre los que encontramos: cambios de condición de estancia; regularización de situación migratoria; reposición de documento migratorio; notificación de cambios; canje; renovaciones de documentos migratorios y permisos para trabajar. En pocas palabras, son trámites destinados a personas que se encuentran en México, bajo la condición de residente temporal, temporal estudiante o permanente, o bien, en una situación migratoria irregular pero tienen la posibilidad de regularizarse en términos de ley.

En el segundo grupo, encontramos a los trámites cuya finalidad es la obtención de una residencia por primera vez, o bien, la obtención de una autorización de viaje a México. Por ende, en este grupo incluimos a las visas, tanto de residencia, como de visitante.

Tomando en cuenta lo anterior, los trámites migratorios que se pueden diligenciar desde (y en) México, y para los que no es necesario salir del país, son para extranjeros residentes que quieran cambiar o renovar su estatus migratorio; que buscan actualizar su información ante la autoridad migratoria; que desean trabajar y solicitar el permiso respectivo; o quieran reponer su documento migratorio extraviado. En su caso, son para las personas que busquen regularizar la situación migratoria por unidad familiar o razones humanitarias, por ejemplo.

Los trámites migratorios que no se pueden realizar desde México y, por tanto, es necesario iniciar en el extranjero, son las visas de residencia o de visitante. Si usted considera migrar a México, es muy importante que revise la modalidad que le corresponda conforme al trámite que pretenda promover, pues es deseable evitar gastos de traslado o viajes innecesarios.

Para contratar a una persona extranjera, el empleador deberá contar con el permiso respectivo. Este permiso se llama Constancia de Empleador y se tramita ante la autoridad migratoria de México. Cabe señalar que cualquier persona, sea física o moral, mientras pague impuestos, puede tramitar dicha constancia.

Como segundo punto, se debe confirmar el estatus migratorio de la persona a quien se desea contratar. Por ejemplo, para personas que no se encuentran en el país o visitantes (turistas) en México, es necesario iniciar un procedimiento de visa. La visa que deberá solicitar se llama visa de residencia temporal (si la persona trabajará por más de 6 meses en México), o bien, visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas (si la persona va a trabajar en México por menos de 6 meses).

Si el colaborador es residente permanente, entonces ya cuenta con permiso para trabajar y no es necesario tramitar un permiso adicional.

Si la persona es residente temporal y no tiene permiso para trabajar, entonces, como primer paso, hay que solicitar dicha autorización ante la autoridad migratoria.

Si el próximo trabajador es residente temporal con permiso para trabajar, entonces no hay que solicitar una autorización de contratación, sin embargo, se deberá notificar la contratación.

En todos los casos en los que se contrate a residentes, se deberá notificar a la autoridad migratoria dentro de los 90 días siguientes a aquél en el cual sucedió la contratación. La notificación la hace la persona residente.

Al momento, afortunadamente no se puede perder la residencia en caso de no vivir en México. Por lo tanto, los extranjeros residentes pueden entrar y salir cuantas veces sea necesario o deseen hacerlo, sin correr riesgos de pérdida de residencia.

Únicamente hay que cuidar el tiempo de estancia fuera del país, en caso de que se desee solicitar la nacionalidad mexicana a través del trámite de naturalización. En tales casos, la estancia máxima permitida fuera de México es de 180 días durante los últimos 2 años previos a la solicitud, sumando todas las salidas durante estos 2 años.

Hablando de temporalidades, todos los residentes que hayan cumplido, al menos, 5 años viviendo en México, tienen el derecho a naturalizarse. Esta es la regla general para todas las personas, sin embargo, existen excepciones, por medio de las cuales, se puede iniciar el trámite en menor tiempo. Las modalidades y temporalidades requeridas son:

  • Por años de residencia: 5 años
  • Por tener hijos mexicanos por nacimiento: 2 años
  • Por ser originario de país latinoamericano o de la península ibérica: 2
    años
  • Por haber prestado servicios o realizado obras destacadas a favor de
    México: 2 años
  • Por haber contraído matrimonio con persona mexicana: 2 años
  • Por estar sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de persona
    mexicana: 1 año
  • Por haber estado sujeto a patria potestad o haber sido adoptado por
    persona mexicana: 1 año

¡Por supuesto! Las leyes mexicanas reconocen los actos civiles que los mexicanos celebren en el extranjero. En este sentido, tanto nacimientos como matrimonios en los que haya participado una persona mexicana, son susceptibles de reconocimiento.

Para el caso de los nacimientos, el neonato tiene el derecho a que se le reconozca la nacionalidad mexicana por nacimiento. Para el caso de los matrimonios, la persona mexicana tiene el derecho a que le reconozcan y le hagan válido su matrimonio, sin importar en dónde se haya celebrado.

El trámite que se debe iniciar se llama inscripción de actos civiles celebrados por mexicanos en el extranjero y puede diligenciarse, tanto en los Consulados de México ubicados en otros países, como las oficinas locales del Registro Civil ubicadas en cada una de las entidades federativas del país.

En todos los casos se recibirá un acta de inscripción, la cual acredita que México reconoció tal acto y, por tanto, surtirá efectos legales en territorio nacional.

¿Usted piensa migrar a México próximamente? Una opción por la que puede optar para lograr el cometido es la solvencia económica.

La solvencia económica es la capacidad que tiene una persona para hacer frente a sus obligaciones económicas, responsabilidades financieras y deudas cotidianas, sin que su estabilidad económica se comprometa o debilite. En la actualidad, quien es solvente económicamente, además, puede generar para sí mismo beneficios en términos migratorios.

En términos migratorios, una persona puede solicitar una visa de residencia, siempre que cumpla con los requisitos económicos. En este sentido, la solvencia económica debería probarse a través de:

  • Estados bancarios o documentos financieros que comprueben que el solicitante tiene un ahorro y saldos promedios mensuales en cuentas bancarias o de inversión equivalentes o mayores a lo que requiera la ley migratoria mexicana; ó
  • Documentos que comprueben que el solicitante genera ingresos por su trabajo o recibe una pensión, en cuyo caso, los valores percibidos sean equivalentes o mayores a lo que requiera la ley migratoria mexicana.

Nuestra experiencia en estos casos sugiere que se realice un análisis previo de su historial económico y antecedentes financieros para determinar si la persona es, en términos migratorios, económicamente solvente.

Cabe señalar que en este apartado no se incluyen montos específicos pues, año con año, la cantidad requerida por la autoridad, se modifica. De esta manera, evitamos confusiones al amable lector. De igual manera, la respuesta se vuelve anacrónica, lo que quiere decir que no importa en qué momento se consulte esta información, pues igualmente tiene validez.

Si usted desea conocer los montos específicos, lo invitamos a contactarnos y nosotros, con gusto, le brindaremos la información actualizada.

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