NATURALIZACIÓN MEXICANA, ¿CÓMO TRAMITAR LA NACIONALIDAD MEXICANA PARA EXTRANJEROS EN MÉXICO?

  1. ¿Qué es el trámite de naturalización y qué ventajas implica el ser considerado como mexicano por naturalización?
    Conforme al artículo 30 de la Constitución, la nacionalidad mexicana se puede adquirir por nacimiento o por naturalización. Los mexicanos por nacimiento son aquellos que tienen un vínculo sanguíneo con sus ascendientes mexicanos, o bien, son quienes nacieron en territorio nacional. Por otra parte, los mexicanos por naturalización son aquellos que deciden, por voluntad propia, adquirir la nacionalidad mexicana y que reciben la autorización del Gobierno de México para ello.

Entonces, la naturalización es el proceso y el trámite del que pueden disponer los extranjeros residentes en México para adquirir la nacionalidad mexicana en términos del artículo 30 constitucional.

A su vez, es la oportunidad que brinda México para aquellos extranjeros que, de cumplir con los requisitos, reciben el honor de ser reconocidos jurídicamente como nacionales mexicanos. Adquirir la nacionalidad mexicana es una decisión personal y especial; surge del corazón. Es un proyecto que inició con la obtención de una residencia mexicana y, debido al arraigo o amor que se le puede llegar a tener al país, termina con la adopción de, más que una nacionalidad, un sentido total de pertenencia.

Nuestro país es agradecido con quienes deciden tomar esta iniciativa. El ser considerado como mexicano por naturalización, brinda beneficios en muchos aspectos de la vida para quienes emprenden este proyecto de vida. Por ejemplo:

a)Otorga el derecho a votar y participar en la vida política del país mediante la credencial para votar llamada “INE”;
b)Elimina la necesidad de realizar trámites migratorios como extranjero residente;
c)Otorga la posibilidad de ingreso y salida de México como nacional mexicano;
d)Otorga el derecho a tramitar un pasaporte mexicano;
e)Las restricciones en cuanto a inversión económica en México se vuelven considerablemente menores;
f)Los hijos nacidos con posterioridad de la naturalización tendrán el derecho a ser considerados como mexicanos por nacimiento;
g)Se suprime el control migratorio como extranjero; entre otros.

  1. ¿Cuándo se puede considerar que un extranjero residente reúne las condiciones para adquirir la nacionalidad mexicana?
    La naturalización es un proceso. Y, como todo proceso, este implica pasos a seguir. Este trámite se distingue por ser un proyecto que debe asumirse con la metodología correcta para que todo transcurra conforme a lo que se planificó al inicio. Por lo tanto, hay que ser cuidadosos con las decisiones, los tiempos y los documentos durante la tramitación.

El primer paso consiste en analizar los antecedentes o historial migratorio del solicitante. Conforme a la nacionalidad de la persona, hay que tomar en consideración los últimos 2 ó 5 años de residencia temporal o permanente, según sea el caso. La regla general indica que se tomen en cuenta los últimos 5 años de residencia, sin embargo, existen excepciones de 1 ó 2 años.

Así que el primer elemento importante a considerar es la antigüedad de la persona como residente en México. La naturalización sólo es posible cuando el solicitante haya sido residente temporal o permanente en México, durante al menos, 5 años por regla general; o durante 2 años en los casos de excepción. Entonces, es fundamental haber pasado por el sistema de residencias mexicanas.

Si cumples con la antigüedad requerida como residente, hay que seleccionar la modalidad por la cual se iniciará la naturalización, lo cual constituye el segundo paso.

Conforme a la Ley de Nacionalidad y su Reglamento, existe un catálogo de modalidades u opciones para realizar el trámite de naturalización. Se debe escoger cuidadosamente una de ellas. Solo una. Con base en la modalidad, la autoridad requerirá, más o menos requisitos y documentos; además, no se puede cambiar a otra una vez iniciada la solicitud. Por lo tanto, es importante seleccionar muy bien desde el principio. Las opciones son:

a) Por años de residencia. Esta se refiere a la antigüedad que tiene una persona extranjera en México como residente. La regla general es de 5 años. Lo que quiere decir que, si una persona extranjera ha sido residente – temporal o permanente – por más de 5 años continuos e ininterrumpidos, puede iniciar su proceso. En esta opción no importa la nacionalidad de origen; todos los extranjeros pueden accionarla.

En estos casos, la titularidad de la residencia se acredita con la tarjeta de residencia que expide la autoridad migratoria. La antigüedad se acredita con el historial migratorio y la opinión de la autoridad migratoria que emita al respecto;

b) Por tener hijos mexicanos por nacimiento. La unidad familiar no sólo se privilegia en trámites migratorios de residencia, también es un criterio para otorgar beneficios durante un proceso de naturalización como mexicano(a). Los extranjeros que tengan hijos mexicanos por nacimiento y que acrediten ser titulares de una residencia, tienen el derecho a solicitar su naturalización. En estos casos, sólo se deberá cumplir con una antigüedad mínima de 2 años como residente en el país y deberá mostrar el vínculo con su hijo(a);

c) Por ser originario de un país latinoamericano o de la Península Ibérica. Los extranjeros residentes que sean originarios de un país latino o de la península ibérica pueden solicitar su naturalización cuando estos cumplan 2 años de residencia continua e ininterrumpida.

Esta es una excelente alternativa para quienes sean originarios de países como Colombia, Argentina, Perú, Ecuador, Venezuela, España o Portugal, entre otros, y no deseen esperar a cumplir 5 años de residencia como lo dicta la regla general. Quienes no sean nacionales de países latinos o ibéricos, deberán esperar 5 años para iniciar trámites, o bien, optar por alguna otra modalidad;

d) Por haber contraído matrimonio con un varón o mujer mexicanos. Si la persona extranjera contrae matrimonio con una persona mexicana, entonces se puede iniciar con la naturalización cuando la estancia como residente sea mayor a 2 años.

Es importante acreditar que el matrimonio sigue vigente en la fecha en la que se presenta la solicitud.;

e) Por haber prestado servicios o realizado obras destacadas en materia cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial. Califican quienes hayan beneficiado a México a través de contribuciones en diversos campos del saber humano. Quienes soliciten su nacionalidad por este medio, deberán acreditar una estancia mínima en México de 2 años;

f) Por estar sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos. Esta opción posibilita al extranjero para presentar su naturalización cuando acredite que es hijo adoptivo o descendiente hasta segundo grado, sujeto a patria potestad, de persona mexicana. Además, se deberá acreditar que la persona ha sido residente durante, al menos, 1 año.

El tercer paso implica calcular los tiempos de ausencia en México del solicitante. Quien desee iniciar con su petición, previamente deberá contabilizar el tiempo que estuvo fuera del país. Este no deberá superar más de 180 días naturales (6 meses), sumando la totalidad de salidas de México, durante los últimos 2 años previos a ingresar la solicitud.

Esto quiere decir que, si una persona salió más de 180 días durante los últimos dos años previos a su trámite, entonces deberá esperar sin salir de México, hasta que sus salidas no superen el límite establecido. Es un requisito para todas las modalidades de la naturalización.

Si una persona cumple con la antigüedad como residente; identificó la modalidad adecuada para su trámite y no se ha ausentado más de lo permitido, entonces cumple con la primera parte de requisitos y está lista para iniciar su petición.

  1. ¿Cuáles son los requisitos documentales?
    Los documentos específicos dependen de la modalidad, por ejemplo, para acreditar la unidad familiar se presentan las actas de nacimiento o matrimonio. No obstante, a la fecha, los requisitos documentales genéricos son:

a) Certificado, acta o partida de nacimiento legalizada o apostillada y, en su caso, traducida al idioma español.
b) Pasaporte vigente.
c) Tarjeta de residencia válida y vigente.
d) CURP válido y vigente.
e) Solicitud DNN3 debidamente requisitada.
f) Comprobante de pago de derechos.
g) Escrito de entradas y salidas de México.
h) Constancia de flujo migratorio.
i) Constancias de no antecedentes penales federal y local.
j) Fotografías.

Adicionalmente, se debe presentar un examen de conocimientos acerca de historia y cultura de México y, en el caso de que el solicitante no sea hispanohablante, una evaluación sobre el dominio de la lengua española.

Al respecto, los solicitantes que sean mayores de 18 y menores de 60 años, presentarán el examen de historia y cultura. Este examen tiene la finalidad de probar que las personas están inmersas en la cultura mexicana. Cabe mencionar, las personas que hayan sido reconocidas como refugiadas; niños y adolescentes menores de 18 años; y personas mayores de 60 años de edad, no presentan examen.

A la fecha, el examen de historia y cultura es de opción múltiple.
Consta de 10 preguntas con 4 opciones de respuesta cada una. La calificación mínima aprobatoria es de 8, es decir, se tiene la oportunidad de fallar máximo en 2 preguntas. El tiempo para contestar la prueba es de 10 minutos.

Para quienes no sean hispanohablantes de origen, la prueba de idioma se divide en dos partes: una entrevista oral y comprensión lectora, en donde se comparte un texto y se deberán contestar algunas preguntas sobre este. El objetivo es determinar si la persona puede expresarse sin dificultades y entender el español hablado y escrito.

La expectativa es aprobar ambos exámenes por lo que, de no aprobar ambos o uno de estos, se podrá intentar de nuevo en una ocasión más. En caso de volver a reprobar, se podrá presentar la solicitud nuevamente hasta después de un año.

  1. ¿En dónde se presenta la solicitud?
    La solicitud de naturalización se presenta ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, autoridad federal administrativa encargada de recepcionar el trámite y remitir el expediente al Instituto Nacional de Migración.

No se presenta directamente ante el Instituto Nacional de Migración.
Si bien, la autoridad migratoria tiene intervención durante el proceso, esta no es la instancia adecuada para promover. Tampoco lo son las Secciones Consulares de México en el exterior. Ninguna de estas autoridades recepcionará la solicitud, por lo tanto, debes localizar la delegación local de la S.R.E. más cercana a tu domicilio para presentar tus documentos y exámenes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores recepciona la solicitud y la canaliza con el Instituto Nacional de Migración para que este emita una opinión favorable o negativa después del estudio que haga sobre el solicitante, con apoyo de algunas otras instancias gubernamentales.

Entonces, será la Secretaría de Relaciones Exteriores quien, con la opinión favorable del Instituto Nacional de Migración, expedirá y entregará la carta de naturalización a las personas que finalicen el proceso exitosamente.

  1. ¿Cómo iniciar el trámite?
    Recapitulemos. Las personas que deseen tramitar su nacionalidad mexicana, deben contar con una residencia mexicana, ya sea temporal o permanente y tener una antigüedad mínima de 5 años como residente. Recuerda: Existen excepciones a la regla.

Hay que elegir la modalidad del trámite por la que optamos para iniciar. Conforme a la modalidad, los requisitos cambian.

Se debe tomar en cuenta que no hay que salir de México por más de 180 días durante los últimos 2 años de residencia.

Después, hay que poner manos a la obra para integrar el expediente. A grandes rasgos, el trámite se puede dividir cronológicamente en 3 grandes etapas.

Durante la primera etapa, erróneamente se cree que lo primero por hacer es gestionar la cita respectiva ante la autoridad correspondiente, sin embargo, este paso viene mucho después. Lo primero será revisar nuestros documentos. Que sean idóneos para su presentación ante la autoridad.

Hay que cuidar que los nombres y fechas estén correctamente señaladas; que los documentos no tengan tachaduras o enmendaduras y que sean vigentes; entre otros aspectos. Si no cumplimos al pie de la letra los requisitos, sólo perderemos tiempo y dinero. De allí que sea necesario tomarse unos minutos para confirmar que todo se encuentre en orden.

También es importante revisar qué información tiene la autoridad migratoria acerca de nosotros. Es fundamental contar con datos actualizados. Por ejemplo, el domicilio y el lugar de trabajo deben estar al día; el estado civil y la nacionalidad señalados adecuadamente; y el nombre debe constar completo en las bases de datos. Si no conoces qué información tiene de ti la autoridad migratoria, nosotros podemos apoyarte para recuperarla, no te preocupes.

A continuación, verifica que cumplas con los requisitos complementarios y gestiona los faltantes, conforme a la modalidad de trámite que deseas implementar. Si te das cuenta, la primera etapa es documental.

La segunda etapa inicia cuando estás plenamente seguro de que cuentas con todos los documentos necesarios y gestionas la cita respectiva ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. Te damos un tip: No gestiones los documentos que tengan fecha de vencimiento próxima. Primero saca la cita y, cuando tengas la fecha definida, entonces completa el expediente. Esto para evitar vencimientos innecesarios.

Por cierto, para generar la cita, será requerido que llenes un formulario que se conoce como DNN-3. Te otorgarán una fecha y hora específicas. Por favor, sé puntual ese día pues no hay justificaciones para faltas o retardos y, en tal caso, deberás gestionar la cita nuevamente.

El día de la cita, te presentarás ante la Secretaría de Relaciones Exteriores para entregar tus documentos y presentar tus exámenes. En caso de aprobar las pruebas, obtendrás un folio de expediente y claves de acceso a una plataforma electrónica llamada SINNA para seguimiento del trámite.

La tercera etapa es la más extensa. A partir de que ingresas la solicitud, pasas los examenes y recibes claves de acceso para seguimiento online del trámite, deberás estar atento(a) al avance del trámite.

En esta etapa se espera que la autoridad realice la investigación correspondiente. Es muy importante estar al tanto pues, en caso de requerimientos, de no cumplirlos, a pesar de que hayas pagado y pasado los exámenes, no podrán continuar con el trámite y el resultado será negativo.

El expediente pasará por diversas etapas desde la recepción del trámite hasta la conclusión. Finalmente, la autoridad te notificará acerca del día y hora en que podrás acudir a recoger tu carta de naturalización, la cual te acreditará como nacional mexicano por naturalización.

  1. ¿Cuánto tiempo demora el proceso?
    Conforme a la Ley de Nacionalidad, las autoridades mexicanas tienen un término aproximado de 6 meses para procesar, autorizar, expedir y entregar la carta de naturalización a quienes completen el proceso. Sin embargo, este tiempo puede ser mayor en la práctica. Estadísticamente, las causas que incrementan el tiempo de espera son:

a) Requerimientos hechos por información incompleta o desactualizada y documentos que no cumplen con los requisitos;
b) Revisión de información de otras autoridades federales o internacionales;
c) Carga de trabajo de la Secretaría o del INM.

El aumento en el tiempo de espera es relativo y no puede asegurarse que suceda en todos los casos.

  1. ¿Cuál es el costo del trámite?

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, requiere el pago de $8,755 MXN (costo del año 2024) por concepto de derechos. Año con año, el monto se actualiza.

El pago deberá cubrirse antes del día de la cita con la autoridad. Es muy importante cumplir con esto pues, de no hacerse, la solicitud no se recibe. También, es importante aclarar que el pago no garantiza el éxito del proceso. Este cubre la expedición de la carta de naturalización y los gastos que se generan con motivo de la tramitación de la naturalización, no obstante, la persona deberá cumplir con requisitos y realizar el proceso correctamente.

Como parte de la inversión también deberán contemplarse el trámite y obtención de constancias de no antecedentes penales local y federal. Deberá contemplarse, conforme al caso concreto, que podrían ser necesarias algunas inversiones adicionales tales como reposición de tarjeta de residencia; apostillas; traducciones; copias y/o renovación de pasaporte, entre otras.

  1. Entregada la carta de naturalización, ¿qué otros trámites se pueden realizar?
    Conforme a la Ley de Nacionalidad, quien reciba la carta de naturalización, es mexicano. Por lo tanto, desde su recepción, la persona es mexicana con todo lo que ello implique: derechos y obligaciones. Así que también se pueden tramitar el pasaporte mexicano y la cédula de identidad ciudadana (INE) para acreditar la nacionalidad mexicana.
  2. ¿Cómo podemos apoyarte para tramitar tu naturalización?
    La naturalización puede ser un proceso sencillo para unos; complejo para otros. Pero, en lo que coinciden todos, es que se requiere de organización, tiempo y dedicación.

Permítenos colaborar contigo. Nosotros organizaremos el aspecto jurídico de tu trámite. Nuestra participación se verá reflejada durante todas las etapas del proceso. Con ello, podrás disponer de tu tiempo para prepararte para los exámenes, o sencillamente, para realizar tus actividades diarias personales.

Nuestro acompañamiento será integral. Analizaremos tus antecedentes migratorios; gestionaremos los documentos necesarios; te
asistiremos presencialmente durante el proceso, incluyendo el día de la cita ante la S.R.E. Asumiremos la responsabilidad de que tu naturalización sea posible. Te apoyaremos con el fin de poner toda nuestra experiencia y conocimiento a tu servicio. Nuestro objetivo es claro: Que seas considerado como el candidato idóneo para adquirir la nacionalidad mexicana.

Autor: Lic. Daniel Hernández. 08 de Febrero de 2024.

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