¿CÓMO TRAMITAR UNA VISA DE RESIDENCIA POR OFERTA DE EMPLEO PARA UN EXTRANJERO EN MÉXICO?

  1. ¿Qué es una visa mexicana?

Hagamos una distinción: una visa no es lo mismo que una residencia. Aunque los términos suelen usarse indistintamente como sinónimos, ¡no lo son!

La visa es un documento que se estampa en un pasaporte y representa una autorización que un país entrega a una persona, en una oficina consular, para que ésta se presente frente a la autoridad migratoria con la finalidad de solicitar internación en su territorio. En el caso de México, con la finalidad de obtener una condición de estancia, que puede ser de visitante o de residente.

Por otra parte, una residencia, en el caso de México, es la situación migratoria, temporal o permanente, que permite a una persona extranjera vivir en el país. El documento que acredita su existencia se llama tarjeta de residencia. Se obtiene a través de la autoridad migratoria mexicana, es decir, el Instituto Nacional de Migración.

Una visa genera el derecho a solicitar una residencia. La visa mexicana se tramita ante un Consulado de México en el exterior, y apenas se obtenga, se podrá acudir ante la autoridad migratoria en México con la finalidad de tramitar la tarjeta de residencia. Es importante aclarar: esto no aplica para visas de turista o visitante, únicamente para visas de residentes.

  1. ¿Qué es una visa por oferta de empleo?
    En México, tanto mexicanos como extranjeros, tenemos el derecho a trabajar y a gozar de los frutos de nuestro trabajo. Debes saber que, cuando ejercemos un derecho, también se nos exige el cumplimiento de una obligación. En el caso específico del derecho a trabajar, a los extranjeros en México se les exige cumplir con sus obligaciones migratorias y tributarias para poder trabajar en el país.

La visa por oferta de empleo es una autorización otorgada a través del Gobierno de México a los extranjeros, que les permite residir en el país para generar ingresos económicos a partir de su trabajo. Por tanto, es el medio por el cual, un extranjero cumplirá con sus obligaciones migratorias y, en consecuencia, con ella podrá trabajar en el país.

  1. ¿Qué tipo de visa corresponde a los extranjeros que desean migrar a México por motivos profesionales y/o laborales?
    En México existen visas de residencia temporal y permanente. La visa que se otorga para quienes quieren trabajar en el país es la de residencia temporal. Es importante apuntar que la visa que se autoriza por motivos profesionales o laborales siempre será la de residencia temporal, pues se otorga con la finalidad de que la persona resida en México hasta por 4 años, siempre que continúe trabajando en el país durante ese tiempo.

La residencia que se obtiene a través de la visa durará 1 año inicialmente. Luego de ese año, la residencia se podrá renovar por 1, 2 o 3 años más. Así, la persona eventualmente cumplirá con 4 años de residencia temporal. Después de esos 4 años, podrá solicitar la residencia permanente por derecho de antigüedad.

  1. ¿Cómo se tramita una visa mexicana de residencia temporal por oferta de empleo para un extranjero?

La visa se tramita, desde un inicio, ante la autoridad migratoria en México. Esto se hace a través del empleador, quien es el solicitante que peticiona la visa a favor del futuro trabajador. No es posible solicitar la visa de manera autónoma o independiente por parte de una persona extranjera. Por lo tanto, es necesario contar con el ofrecimiento de un trabajo por parte de un empleador. Sin ello, no es posible iniciar el procedimiento migratorio.

Te platicamos cómo es el procedimiento, sin embargo, es importante que no consideres esta información como una asesoría puesto que cada caso es único. Te invitamos a que nos contactes y así plantearemos una estrategia adecuada para ti.

Dividamos el proceso en tres fases. Durante la primera fase, la autoridad migratoria recepcionará la solicitud, la procesará y dictaminará. Si determina que el trámite es procedente, emitirá un oficio autorizando una entrevista consular a favor de la persona extranjera.

En la segunda fase, será necesario buscar y reservar una cita ante un Consulado de México en el exterior. Para este tipo de trámites, se puede acudir a cualquier consulado de México en el mundo, siempre y cuando se acredite una estancia regular en el país sede del Consulado. Por ejemplo: Una persona de Colombia puede acudir al Consulado de México en Bogotá, pero también puede solicitar la entrevista en los Consulados de México en Madrid, España; Tokio, Japón; o Houston, Estados Unidos; por mencionar algunos. Recuerda: El requisito es que se ingrese a dichos países en calidad de turista o visitante, o bien, como residente.

Por último, en la tercera fase, el resultado de la entrevista determinará la procedencia de la visa, es decir, si la entrevista fue exitosa, el Consulado autorizará y estampará el documento en el pasaporte del extranjero. A partir de ese momento, la persona está autorizada para viajar a México, solicitar su internación y terminar su proceso migratorio a través de la obtención de su tarjeta de residencia temporal con una vigencia inicial de 1 año. Deberá hacer esto último ante la autoridad migratoria en México. Como ves, se trata de un proceso circular en cuanto a que inicia en sede administrativa de la autoridad migratoria y finaliza con la misma autoridad.

  1. ¿Qué aspectos hay que considerar al solicitar esta visa?
    Te compartimos 4 puntos importantísimos que debes considerar cuando vayas a iniciar un proceso migratorio de visa como este.

a) El pasaporte del extranjero deberá estar vigente al momento de iniciar los trámites y no deberá vencer dentro de los siguientes 6 meses contados a partir de la fecha en que se ingrese la solicitud ante la autoridad migratoria en México.

Esta recomendación obedece a un aspecto básico del proceso: Las autoridades mexicanas no recepcionan trámites ni solicitudes con documentos de identidad vencidos o próximos a vencer.

b) Siempre es deseable que la persona extranjera cuente con un perfil académico o laboral conforme al trabajo ofrecido.

Los Consulados de México comprobarán, a través de la entrevista consular, que la persona solicitada tenga la experiencia, habilidades o conocimientos necesarios para desempeñar las actividades para las que está siendo contratada. Una persona que no cumpla con el perfil académico o laboral deseado, por supuesto, se podrá presumir como un candidato que no puede recibir la autorización de residencia para fines laborales.

c) Hay que evitar la falsedad de declaraciones; inventar o colocar cosas no comprobables en el CV.

Por supuesto, mentir es mucho más sancionado que no cumplir con los requisitos. En el caso de falta de requisitos, siempre se podrá volver a solicitar la visa esperando un resultado distinto, cuando se corrija el error. Sin embargo, en el caso de mentiras o falsedad de declaraciones, se corre el riesgo de “manchar” el historial migratorio y ser considerado como una persona que “no merece” le sea otorgada una visa, ni en esa ocasión ni más adelante.

d) Entrar en comunicación con los Consulados inmediatamente después de obtener el oficio que autoriza la entrevista consular para evitar su vencimiento.

A partir de la fecha en que se autoriza la entrevista consular, la persona extranjera tiene 30 días para ponerse en contacto con un Consulado a fin de continuar con el procedimiento. Pasado ese tiempo, se corre el riesgo de que el trámite caduque y se deberá iniciar nuevamente. Por lo tanto, sugerimos entrar en contacto con el Consulado inmediatamente. El tiempo es muy valioso, por lo tanto, hay que moverse
oportunamente.

  1. ¿Cuáles son las obligaciones y derechos que contrae un extranjero que adquiere la residencia por motivos laborales o profesionales?
    Debes saber que, después de terminar con el proceso migratorio para la obtención de la visa y residencia, la comunidad extranjera residente en México debe cumplir con sus obligaciones, de entre las cuales están las siguientes:

a) Notificar cambios que sucedan sobre su estado civil, nombre, nacionalidad, domicilio y lugar de trabajo.
b) Resguardar y cuidar su documentación migratoria.

c) Mostrar su regular estancia en México y proporcionar información cuando sea requerida por un agente migratorio.
d) Pagar impuestos en términos de la ley fiscal aplicable.

A su vez, gozarán de sus derechos humanos reconocidos, por lo tanto, entre otros, tendrán el derecho a percibir un salario por su trabajo; a ser afiliados al sector salud por parte del patrón; aperturar cuentas bancarias y generar un historial crediticio; contraer matrimonio y ejercer actos civiles; ejercer derechos migratorios por unidad familiar, es decir, solicitar visas de residencia para su familia directa (hijos, cónyuge, padres); participar en actos jurídicos en general, entrar y salir de México o transitar por el país mientras la residencia esté vigente, etc.

  1. ¿Se requiere un abogado para tramitar una visa por oferta de empleo?
    En principio, es posible que el empleador inicie con el trámite en México a través de su departamento o área jurídica, es decir, con sus propios abogados. En ese caso, por supuesto, no es necesario contar con abogados externos.
    Ahora bien, muchos empleadores optan por contratar los servicios de un abogado externo, pues el camino pudiera demandar conocimientos que sólo un especialista en el tema puede brindar. Entonces, nuestra recomendación es que el empleador valore la viabilidad del trámite conforme al perfil e historial migratorio de la persona a contratar. Si determina que es necesario un especialista, podrá recurrir a profesionales como nosotros.
    Como tus abogados, el equipo de MONARCA participará contigo y tu empleador con la intención de lograr el objetivo. Para ello:
    a) Analizaremos exhaustivamente tu situación legal y antecedentes migratorios con México. Elaboraremos un perfilamiento y emitiremos un dictamen profesional. Esto nos permitirá detectar áreas de oportunidad en las que debamos trabajar, previo a la solicitud de la visa. El objetivo es claro: Crear las condiciones para que seas considerado como el candidato ideal para el otorgamiento de una visa de residencia mexicana por oferta de empleo.
    b) Nos encargaremos de la gestión de los trámites. Nos coordinaremos con el empleador y presentaremos la solicitud ante la autoridad. Daremos seguimiento hasta la obtención de la resolución favorable.
    c) Les informaremos, tanto al empleador como al trabajador, sobre los derechos y obligaciones que contraen en virtud de la relación laboral que inicia a partir del otorgamiento de la residencia. Tendrían información en los rubros legal – laboral, migratorio y fiscal.
    d) Asumiremos tu representación legal, por lo tanto, estarás debidamente informado sobre los avances de los trámites. Nuestra asesoría se centrará en cuidar tus recursos humanos, económicos y de tiempo. Nuestra misión será tu visa de residencia y lograr para ti una experiencia migratoria cómoda, eficiente y amena.

Autor: Lic. Daniel Hernández. 07 de Febrero de 2024.

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